
Espacios confinados: tipos y Reglas de Oro
Un espacio confinado es, según el Real Decreto 39/1997, «el recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y, ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o, puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no esté concebido para su ocupación continuada por los trabajadores».







